Acaba de publicarse la ORDEN 1148/2015, de 17 de abril, de la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad de Madrid, por la que se pone en marcha la convocatoria de la primera edición y establecen las bases reguladoras para la participación en la concesión de los distintivos “Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid”
Según bien se recoge en dicha ORDEN, la mejora en la eficiencia del uso final de la energía constituye una necesidad esencial, a fin de contribuir a reducir en lo posible la dependencia energética y de favorecer así un ahorro importante en la factura por los consumos energéticos. Al mismo tiempo, ha de permitir la disminución de las emisiones de los gases de efecto invernadero que provocan el calentamiento global procurando un medio ambiente más sostenible.
Con esta ORDEN, se pretende, desde el sector público madrileño, contribuir al máximo a la labor primordial de concienciar a la ciudadania y fomentar el uso racional de la energía estimulando e incentivando el comportamiento eficiente de los ciudadanos y las empresas. Pero lo más importante a tener en consideración y que cabe destacar de esta ORDEN 1148/2015, es su marcado carácter innovador, en cuanto que recoge en ella claras consideraciones en favor del control y cuidado la Calidad Ambiental Interior de nuestros edificios y la relación directa y tan importante repercusión que aspectos como la eficiencia energética, el confort térmico, y otros parámetros ambientales relacionados con la calidad del aire interior y la salud ambiental en general tienen sobre La Salud de los ciudadanos que los ocupamos.
Con la creación de estos distintivos “Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid” que se convocan en esta primera edición, la Comunidad de Madrid pretende reconocer y apoyar las actuaciones encaminadas a promocionar, nos lo, la mejora energética, sino aún más importante, también la mejora ambiental de los edificios de la Comunidad de Madrid, tanto en lo relativo a su impacto en el ambiente exterior como en el interior, de manera que ello incida eficazmente en la reducción progresiva de la demanda de energía total prevista, en la preservación de los valores ambientales, en el desarrollo económico y social de la región y, en definitiva, en la salud, las condiciones de vida, y el bienestar de los ciudadanos.
Se trata, por tanto, de potenciar la conciencia social sobre el uso eficiente de la energía para procurar una mejor Calidad Ambiental Interior (y por consiguiente también exterior) y contribuir con ello a un mayor Desarrollo Sostenible en la Comunidad de Madrid.
Entre los criterios que deberán cumplirse para lograr la distinción de “Edificio sostenible de la Comunidad de Madrid”, los edificios que concurran a la convocatoria deberán contar con calificación de eficiencia energética de las clases A, B o C, obtenida de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios, y haber implantado y acreditado los sistemas de Gestión Ambiental según la Norma UNE EN ISO 14001:2004, de Calidad Ambiental en Interiores. Parte 3: Sistema de gestión de los ambientes, según la Norma UNE 171330-3: 2010, así como el sistema de gestión acreditado según la Norma UNE EN ISO 50001: 2011. Sistemas de gestión de la energía. Requisitos con orientación para su uso.
Sin duda, este paso entraña un enorme avance hacia la sostenibilidad en la edificación, en cuanto que supone una medida por la que se impulsa desde la propia Administración Pública la implantación de programas de control y mejora de La Eficiencia, La Sostenibilidad y el respeto y cuidado de La salud de los ciudadanos, ocupantes de los edificios, a través de programas de control de Calidad Ambiental Interior, debidamente implantados y acreditados.
Una medida que debe lógicamente extenderse al resto de comunidades autónomas, y que en el menor tiempo posible, debiera aplicarse también aqui en Andalucía, para garantizar la igualdad de derechos de todos los ciudadanos en el territorio nacional en el ámbito del cuidado de la Calidad Ambiental Interior de los edificios que ocupan y, en definitiva, en último término, de su salud.
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